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El Gobierno difunde guías sobre la nueva normativa de las granjas de bovino

Foto por Adobe Stock
Por Redacción 25 de marzo de 2023

La web del Ministerio recoge los enlaces a las normas que deben cumplir las instalaciones según su tipología

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha editado recientemente diferentes guías informativas, que ya pueden consultarse en su página web, para facilitar el conocimiento entre los ganaderos y la sociedad en general, de la nueva normativa que regula las granjas de ganado bovino en España, aprobada en diciembre de 2022 mediante Real Decreto.

Los documentos están orientados a la comprensión práctica del texto legal, en relación con los diferentes modelos de producción y orientaciones productivas de estos sectores. Contienen información detallada sobre cómo afecta a cada tipo de granja la nueva regulación y los requisitos específicos para cada uno de ellos, tanto para las granjas ya existentes como para las de nueva creación.

Los documentos están orientados a la comprensión práctica del texto legal

Las 18 fichas informativas

Los enlaces a los documentos contienen 18 fichas informativas, clasificadas según el sistema productivo, el tipo de explotación y la capacidad productiva de las explotaciones. Asimismo, contempla una versión para cada tipo de orientación productiva. Por un lado, para las explotaciones existentes y, por otro, para las nuevas granjas, clasificándolas en ambos apartados según sean extensivas o de otra naturaleza.

De este modo, el ganadero, una vez seleccionada la ficha que corresponde con su caso particular, encontrará en su lectura todo lo que le afecta y debe tener en cuenta para estar al tanto del cumplimiento de la norma, sin necesidad de tener que manejar el texto completo de la misma.

El ganadero encontrará en su lectura todo lo que le afecta y debe tener en cuenta para estar al tanto del cumplimiento de la norma

Formación para todos

Una de las cuestiones en las que inciden las guías que ha lanzado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene que ver con la formación. Ya sea en instalaciones existentes o nuevas de carne, recebo o cría, por un lado, o lácteas o mixtas, por el otro. Su titular, o en el caso de las explotaciones tipo pasto, el titular de los animales, se asegurará de que todas las personas que trabajan con ganado bovino en la explotación tengan una formación adecuada y suficiente.

Esta formación está sujeta a una serie de requisitos, que se pueden consultar en los documentos que figuran en la web del Ministerio, entre ellos un curso de 20 horas de duración que ha de realizarse en un plazo de seis meses desde que el trabajador se incorpora a la instalación.

Excepciones y actualización de conocimientos

A pesar de que la formación es obligatoria, las autoridades competentes podrán eximir de este requisito a los trabajadores que puedan demostrar un mínimo de tres años de experiencia práctica en trabajos relacionados con la cría de ganado bovino, de manera que se garantice un conocimiento mínimo en las materias referidas en el texto legal. Además, en algunos casos los requisitos formativos no se aplicarán a los que estén en posesión de alguna de las siguientes acreditaciones: título de técnico en producción agropecuaria o título de técnico superior en ganadería y asistencia en sanidad animal.

De manera adicional, el titular de la explotación se asegurará de que todos los trabajadores en contacto con ganado bovino realizan, de manera periódica y al menos una vez cada cinco años, cursos de adecuación de los conocimientos a los avances técnicos de la actividad, basados en una serie de materias incluidas en los anexos de la legislación, con una duración mínima de 10 horas.

El titular de la explotación se asegurará de que los trabajadores realizan cursos para adecuarse a los avances técnicos

Además, la normativa establece que en algunos casos las autoridades competentes de territorios insulares podrán autorizar la ampliación del plazo para disponer de la formación a un máximo de un año.

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